Con este texto refundido, se persigue facilitar el conocimiento, la aplicación e interpretación de la normativa reguladora de los mercados de valores por los operadores jurídicos y económicos, fomentar la claridad y reducir las cargas derivadas de la dispersión normativa y complejidad del marco legislativo.
En el año 2016 deberá llevarse a cabo la incorporación al derecho nacional de la nueva normativa MIFID (Markets in Financial Instruments Directive) y de abuso de mercado, puesto que la fecha límite para la transposición de esta normativa europea es el 3 de julio de 2016.
BOE 24/10/2015
Real Decreto Legislativo 4/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Mercado de Valores. |